Por: Kevin Díaz
La Asamblea
Legislativa aprobó en la plenaria de este jueves las reformas al Código Penal,
Procesal Penal y Ley Penal Juvenil solicitadas por la Fiscalía General de la
República (FGR).
El pliego de
reformas tiene como fin regular nuevas tipologías delictivas y la modificación
de tipos penales vigentes, para garantizar el actuar inmediato de los cuerpos
de seguridad en el combate al crimen organizado, específicamente a las pandillas.
Con las nuevas
reformas al Código Penal, se considera delito si los pandilleros quieren
controlar la libre movilización de los salvadoreños en los diferentes sectores
y residencias del país.
“El que mediante
violencia, intimidación, o amenaza sobre personas o los bienes, impida a otro
circular libremente, ingresar, permanecer o salir de cualquier lugar del
territorio de la República, “será sancionado con prisión de 4 a 8 años”,
establece la reforma.
El decreto
aprobado también define una sanción con prisión de tres a seis años, al que
“indujere a un menor de dieciocho años de edad a abandonar la casa de sus
padres, tutores o encargados del cuido personal o el centro educativo al que
asiste”.
De igual forma,
será penalizado negociar o pactar con pandillas, con penas de cinco a 15 años. Esta
misma pena será adjudicada a
intermediarios, mediadores, interlocutores o cualquier figura parecida
que hable a nombre de pandilleros.
En el caso de los creadores, organizadores,
jefes, dirigentes, financistas de pandillas y organizaciones de naturaleza
criminal, serán sancionados con prisión de 9 a 14 años.
El que reclutare
e indujere mediante engaños u obligare mediante actos de violencia, a menores
de edad para su ingreso o incorporación a dichas agrupaciones o los utilizare
como parte de una estructura delictiva, será sancionado con prisión de 15 a 20
años.

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