Por: Kevin Díaz
La Asamblea
Legislativa aprobó en la plenaria de este jueves la Ley Especial contra los
Delitos Informáticos, la cual sancionará los hechos punibles cometidos mediante
el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), que afecten
la imagen de personas naturales o jurídicas.
La normativa
establece que se consideran delitos informáticos la “obtención, manipulación o
perjuicio de la información” con fines delictivos, y se aplicará a personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, “cuando se afectaren bienes
jurídicos del Estado, de sus habitantes o protegidos por Pactos o Tratados
Internacionales ratificados por El Salvador”.
Los delitos
informáticos que específicamente se regulan son: la estafa, fraude y espionaje informático;
así como el hurto por medios informáticos y las técnicas de denegación de
servicio.
El artículo 25
define “el que deliberadamente obtenga y transfiera información de carácter
confidencial y que mediante el uso de esa información vulnere un sistema o
datos informáticos apoyándose en cualquier clase de las Tecnologías de la
Información y Comunicación, incluidas las emisiones electromagnéticas, será
sancionado con prisión de cinco a ocho años”.
El pleno
legislativo decidió no aprobar la redacción original del artículo 24, que
pretendía que el emisor de un mensaje con información difamatoria y de
menoscabo de la dignidad de una persona a través de medios tecnológicos, redes
sociales y otros, fuese sancionado con uno a tres años de cárcel.
El diputado del
FMLN, Misael Mejía, señaló que dicho artículo era inconveniente porque le daba
trato especial a los medios de comunicación a difundir cualquier tipo de
mensajes, limitando el poder ciudadano que se expresa en redes sociales.
La Ley también penalizará
la difusión de pornografía infantil a través de internet.
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