jueves, 30 de julio de 2015

Sala declara inconstitucional la subasta como único mecanismo para asignar frecuencias

Por: Kevin Díaz

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió las demandas presentadas por organizaciones sociales contra artículos de la vigente Ley de Telecomunicaciones.

La Sala declaró inconstitucional la omisión de la Ley de regular mecanismos alternos a la subasta, para la adjudicación de concesiones de frecuencias del espectro radioeléctrico.

También declaró inconstitucionales las prórrogas automáticas de las concesiones otorgadas para la explotación de frecuencias de radiodifusión y de televisión.

En la sentencia, los magistrados establecen que la Asamblea Legislativa está en la obligación de tomar en cuenta otros criterios, distintos del factor económico para la asignación del espectro radioeléctrico, con la finalidad de fundar medios de comunicación.

 “Por lo cual el método de la subasta no puede ser el único mecanismo de asignación del espectro radioeléctrico”, indica la Sala en su comunicado.

Por otra parte, los magistrados señalan que la prórroga automática de concesiones, constituye una limitación irrazonable del derecho a la libre competencia, porque obstaculiza la participación de otros ofertantes que estén capacitados técnica y financieramente en la prestación de dichos servicios.

La sentencia mandata al órgano Legislativo a emitir la normativa en la que se regule de manera clara, precisa, organizada y sistemática, los mecanismos alternativos para la adjudicación de las concesiones para la explotación del espectro radioeléctrico que operarán de forma adicional al de la subasta pública.

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