sábado, 11 de julio de 2015

Sala de lo Constitucional ordena investigar desapariciones forzadas

Por: Kevin Díaz

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró favorable la solicitud de hábeas corpus por la desaparición forzada de once personas en un operativo militar denominado Operación Limpieza, efectuado en Chalatenango en los meses de mayo y junio de 1982.

Las personas desaparecidas son: María Amparo Romero y su hijo, Elvira Orellana, José Rafael Franco, Pastor Serrano Serrano, Gladis Serrano Serrano, Norberta Serrano Serrano, José Mauricio Menjívar Melgar, Rosa Morena Orellana Tobar, Milagro Navarro Orellana y Marcos López Orellana.

La Sala afirma, en su comunicado, que todas las desapariciones forzadas de las personas antes señaladas son responsabilidad de la Fuerza Armada Salvadoreña. “Específicamente el inicio de dichas vulneraciones es atribuible a los Batallones de Infantería de Reacción Inmediata Atlacatl y Ramón Belloso”.

Lo anterior de acuerdo con informe de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) y dictamen pericial de la perito María Margarita Zamora Tobar.

Según el escrito, el juez Tercero de Sentencia de San Salvador, Juan Antonio Durán, aseguró que “no se tiene documentación sobre operativos militares en Chalatenango, de mayo y junio de 1982, pues se le informó que la información era confidencial, secreta y se transmitía verbalmente”.

La Sala de lo Constitucional señala que “el comportamiento de las autoridades demandadas contraría no solo sus obligaciones legales, sino también los propios estándares construidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en materia de graves violaciones a derechos fundamentales y obstaculiza la labor de determinar qué sucedió con estas personas”.

La Sala ordena al Ministro de la Defensa Nacional y al Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada que brinde información en relación con el operativo militar realizado en los lugares y fechas indicadas en la sentencia.

Así también, solicita a la FGR que “conforme a sus atribuciones constitucionales, por los medios y en la forma legalmente establecida, investigue inmediatamente la desaparición forzada de los favorecidos, así como la determinación de la situación material en que se encuentran, con el objeto de salvaguardar sus derechos fundamentales de libertad física e integridad personal”.

También le pide a la Fiscalía brindar un informe, cada tres meses, del avance de las gestiones que realice para el restablecimiento del derecho de libertad física de las personas desaparecidas.

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